LEY PROVINCIAL J Nº 4395


BENEFICIOS PARA USUARIOS DE SERVICIOS ELÉCTRICOS Y DE GAS

La suspensión del corte de suministro de energía eléctrica o gas natural en la vivienda única familiar de personas que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica o desempleo, en la provincia de Río Negro, debidamente acreditada.

  • Jubilados que perciben el haber mínimo.
  • Madres solteras jefas de hogar.
  • Personas con incapacidad laboral permanente superior al 50%.
  • Jubilados con personas con discapacidad a cargo.

Para acceder al beneficio, se debe acreditar la condición de vulnerabilidad económica o social mediante alguna de estas opciones:

  • Certificación Negativa de ANSES
  • Certificado de desempleo (Ministerio de Trabajo)
  • Encuesta socioeconómica emitida por el Municipio o autoridad competente
  • Certificado policial de domicilio (si el solicitante no es titular del servicio)
  • Declaración jurada ante la empresa prestadora – DESCARGAR

IMPORTANTE: El acceso al beneficio no exime de la obligación de acreditar fehacientemente la situación de vulnerabilidad, ni de firmar un plan de pagos con la empresa distribuidora.

Solo para vivienda única familiar destinada a uso habitual del solicitante.

No. La ley no condona la deuda.-

Si firmas el plan de pagos, la empresa debe reconectarte dentro de las 48 hs.

• EPRE (Ente Provincial Regulador de la Electricidad), como organismo de asistencia.
Vigente hasta el 31 de diciembre de 2025



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